Wednesday, March 13, 2024

Plan estratégico de cabildeo, comunicación y negociación política-20002039

 

Nombre: Ricardo Lezama Cuevas

Asesor: Dr. Edgar Yesid Sierra Soler

Módulo: Dirección y negociación política

Universidad: Universidad Virtual del Estado de Guanajuato (UvEG)

Maestría: Maestría en Administración y Políticas Públicas con enfoque en                                       Gestión Política

 

Plan estratégico de cabildeo, comunicación y negociación política

Desarrollo 2000

Introducción

En este trabajo se analiza la Ley Municipal en Materia de Seguridad Pública del estado de Jalisco con la finalidad de hacer una propuesta de cambio en la misma, específicamente en el Articulo 26, inciso b, fracciones III y IV. La intención de este cambio es buscar mejorar las garantías del ciudadano jalisciense con respecto a la seguridad, esto a raíz de la creciente ola de violencia por parte del Crimen Organizado y el aumento de la delincuencia en las zonas metropolitana de las ciudades de Guadalajara y Zapopan, siendo estas las dos cabeceras más importantes del estado y donde se presentan los mayores índices de eventos violentos y delincuencia, hechos que hacen sentir al ciudadano vulnerable, indefenso e indignado ante tal situación. Con la finalidad de hacer un trabajo completo e integral se han desarrollado 9 apartados que conforman un Plan estratégico de cabildeo, comunicación y negociación política donde se describen las acciones a seguir, los fundamentos que permite la Constitución mexicana para ejercer el derecho a la participación ciudadana, lo mismo que la descripción a detalle de la propuesta y sus motivos, su marco jurídico y los actores involucrados en esta propuesta. Se proponen también las estrategias de cabildeo que son parte esencial de cualquier proyecto de esta naturaleza, estas estrategias llevan implícito un plan de comunicación y un plan de negociaciones, temas que también se desarrollan de manera independiente para poder explicarlos a detalle. El lenguaje utilizado es sencillo pretendiendo que cualquier lector interesado en el tema lo pueda entender sin ninguna complicación y se pretende despertar el interés de los mismos a informarse más y ejercer su derecho de participación ciudadana, así como sus obligaciones.

 

Análisis estratégico

Partiendo de que La Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su fracción II, Antecedentes y entorno menciona lo siguiente:

Al Estado mexicano le corresponde actuar con eficiencia, eficacia y firme determinación para lograr una sociedad en la que impere el Estado de derecho. En consecuencia, el respeto a la ley constituye la base fundamental para una convivencia social armónica y el pleno desarrollo nacional; para que éste prevalezca y se garantice la seguridad de las personas y sus bienes, se requiere que los individuos y las autoridades se conduzcan conforme a las leyes, y cuando éstas son violentadas es necesaria, entonces, la actuación decidida del Estado en el combate a la inseguridad. El derecho fundamental a la seguridad pública implica una obligación a cargo del Estado, para que establezca los mecanismos necesarios a fin de prevenir el delito y, en su caso, sancionarlo conforme a las leyes. A partir de la reforma a los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el año de 1994, se establecieron las bases para el establecimiento de un sistema integral de coordinación institucional en materia de seguridad pública entre los tres ámbitos de gobierno, a fin de combatir el problema de la delincuencia. En el ámbito municipal, el artículo 115, fracciones III, inciso h), y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, de policía preventiva municipal y de tránsito. La policía preventiva estará al mando del presidente municipal, en los términos del reglamento correspondiente. Aquélla acatará las órdenes que el gobernador del estado le transmita en los casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público. Ante esa perspectiva, el Estado mexicano, en sus tres ámbitos de gobierno, se encuentra obligado a cumplir y hacer cumplir la Constitución y el conjunto de leyes que de ella emanen, en beneficio de la sociedad y de los individuos. Entre esos beneficios destacan el pleno goce de los derechos humanos, el fortalecimiento de las instituciones, así como el respeto de los habitantes hacia las autoridades (Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2011).

Por lo anterior y en función de mejorar el rubro de la Seguridad Pública se hace la siguiente propuesta ciudadana para la modificación del Artículo 26 inciso B, fracción lll y lV donde menciona que la Secretaría de Vialidad y Transporte y la Seguridad Pública Municipal son dos entidades independientes, se citan las mencionadas fracciones:

III. Los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de conformidad con su ley y su reglamento;

IV. Los cuerpos de seguridad pública municipales, con todas las unidades y agrupamientos que señale su reglamento (Gobierno de Jalisco, 2013, pág. 9).

Se busca que se unifiquen las dos instituciones para aumentar la capacidad de respuesta, eficacia y eficiencia ante cualquier evento en el cual sean solicitados por alguna persona o grupo de personas que sientan vulneradas sus garantías individuales de seguridad pública y atente contra el bienestar e integridad física y psicológica, al mismo tiempo que se mejoran las condiciones laborales de los agentes en servicio al expandir el grupo de apoyo y unificar presupuestos.

Marco jurídico

El marco jurídico para la presentación de iniciativas de ley en México se basa en la Constitución Política, específicamente en el Artículo 71 que dice lo siguiente:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I.             Al Presidente de la República;

 II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; Fracción reformada DOF 09-08-2012

 III. A las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México; y Fracción reformada DOF 09-08-2012, 29-01-2016

 IV. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 1917, pág. 67).

También es pertinente mencionar el Artículo 6 que habla de la libre expresión:

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Párrafo reformado DOF 13-11-2007, 11-06-2013 (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 1917, pág. 12).

Causa social

Los cuerpos de la Secretaría de Vialidad y Transporte

Dentro de las instituciones gubernamentales se encuentran los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte y los cuerpos de Seguridad Pública Municipales, es decir, dos instituciones gubernamentales que si bien pueden trabajar en conjunto apoyándose mutuamente si el caso lo amerita, son independientes, teniendo sus propios centros de operación, capacitación, reglamento interno, alcance de autoridad, equipo, etc. Como bien indica su nombre el agente de vialidad está enfocado en hacer cumplir las leyes de vialidad, su función está enfocada en controlar el tráfico automotor que incluyen automóviles y motocicletas, lo mismo que en el tráfico ciclista y otros vehículos de rueda, también tiene como responsabilidad la seguridad del peatón. Por su lado los agentes de Seguridad Pública Municipales están encargados de proteger al ciudadano de la delincuencia callejera, situaciones domésticas y situaciones que ameriten el arresto de alguna o algunas personas. La naturaleza de cada Institución es diferente por lo que los protocolos de acción y limitaciones también lo son.

lll. El costo económico de mantener dos instituciones

Como se menciona en el apartado anterior, las dos instituciones son independientes por lo que requieren presupuestos diferentes, es decir; dos presupuestos, lo que aumenta el costo total al Ciudadano para sostenerlas a través de sus impuestos y al mismo tiempo al ser un egreso repartido se les destina una cantidad que no es capaz de cubrir con los requerimientos en cuestión de equipos y entrenamiento lo que los pone en una situación perpetua de precariedad que se deja ver al momento de que son necesitados, desde el tiempo de reacción hasta el manejo de protocolos para cada situación. No se puede dejar de mencionar también la cuestión salarial y beneficios a cada uno de los agentes en las dos instituciones, no es un secreto que las prestaciones y sueldo son muy bajos lo que aumenta también la corrupción, se dan casos en que los mismos agentes de seguridad tienen que costear sus armas o municiones y la cantidad destinada para prácticas es totalmente nula.

lV. Rango de Movilidad y cobertura

Para aumentar la eficiencia en los dos ámbitos, seguridad vial y seguridad pública se sugiere que las dos instituciones se fusionen en una con la finalidad de que patrullen las calles de las ciudades del Estado de Jalisco, esto amplía de manera significativa el rango de movilidad de los agentes, en lugar de estar parados por horas en una esquina, tienen más movilidad y rango de cobertura en las localidades si las patrullan, esto aumenta el número de elementos en los dos cuerpos cubriendo tanto lo vial como la seguridad pública, además de ampliarle el alcance legal a los agentes de tránsito que si tienen necesidad de arrestar a alguien tienen que pedir apoyo de los agentes de seguridad pues ellos no tienen la legalidad de hacerlo directamente, además de que ponen en riesgo su propia seguridad pues carecen de armas de fuego, chalecos antibalas y dispositivos que permitan arrestar a un delincuente.

                                                     V. Tiempo de reacción

Cuando se presenta una situación compleja y grave como alguna confrontación con armas de fuego, el agente de tránsito no porta arma de fuego, ni chaleco antibalas, ni entrenamiento adecuado, por lo que tiene que pedir apoyo al Departamento de la Policía Municipal para enfrentar tal situación. Esta solicitud de apoyo requiere un tiempo de reacción por parte de la institución de seguridad, ese tiempo puede ser crucial o bien para el agente de tránsito o bien para algún civil o civiles que estén en la zona, por lo que es imperativo que el oficial de tránsito tenga la capacidad legal, el equipo y el entrenamiento adecuados para responder. Lo mismo pasa con el agente municipal de seguridad que no tiene la capacidad legal de levantar una infracción de tránsito por lo que en la mayoría de las ocasiones no actúan y dejan pasar violaciones que se traducen en una educación vial pobre y mediocre, si no es que nula.

Vl. Burocracia, corrupción, confianza ciudadana y conciencia cívica

Ya es bien sabido que a mayor burocracia mayor corrupción. Tener dos instituciones que bien se pueden unificar como una aumenta la burocracia y esto se traduce en mayor corrupción pues existen dos grupos que están a cargo de la seguridad pública y se hace una especie de competencia por ver quién puede obtener más beneficios, pues la mentalidad del “si ellos sí, por qué yo no” crece, se sale de control y es difícil de monitorear, a raíz de esto la desconfianza del ciudadano en sus instituciones es cada vez mayor, se niega a denunciar pues sabe que sus quejas no serán atendidas y la conciencia cívica se ve disminuida pues al final se vuelve un círculo vicioso de corrupción entre la ciudadanía y los agentes de cada institución. Tener la seguridad pública y vial en un solo cuerpo permite controlar y vigilar más la conducta de los agentes, es más fácil monitorear sus resultados y es más fácil y económico capacitarlos pues se estandarizan los protocolos para cada situación potencial de delito criminal o vial al que se puedan enfrentar.

Por lo anterior, se somete a la consideración de la Asamblea la siguiente iniciativa de

Decreto

Con la finalidad de crear mejoras en nuestras instituciones, promover la confianza del ciudadano en estas, reducir la corrupción, promover la participación ciudadana, reducir el gasto público y sobre todo garantizar la seguridad pública y vial, se propone que se unifiquen los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte y los cuerpos de Seguridad Pública Municipales en un solo Organismo, bajo un mismo reglamento y bajo el concepto de Policía Municipal, fusionando las fracciones lll y lV inciso B del Artículo 26 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco que dice:

Artículo 26. Los cuerpos de seguridad pública de Jalisco son:

 I. La Secretaría:

a) La Policía Estatal, adscrita a la Comisaría, con todas las unidades y agrupamientos que prevea su reglamento; y

b) Los cuerpos operativos adscritos a la Comisaría General de Prevención y Reinserción Social, con todas las unidades y agrupamientos que prevea su reglamento;

II. Los cuerpos operativos de la Procuraduría, con todas las unidades, divisiones y agrupamientos que prevean la ley orgánica de la institución, su reglamento y demás disposiciones aplicables;

III. Los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de conformidad con su ley y su reglamento;

IV. Los cuerpos de seguridad pública municipales, con todas las unidades y agrupamientos que señale su reglamento; y

V. Los demás que en el futuro se constituyan con estricto respeto de esta ley.

Los cuerpos de bomberos y protección civil tendrán el carácter de auxiliares de la seguridad pública (Gobierno de Jalisco, 2013)

Grupos de destinatarios

De ser aprobada esta propuesta de Reforma de Ley, el primer beneficiado sería el ciudadano jalisciense en el rubro de seguridad pública pues el número de oficiales aumentaría automáticamente y el rango de cobertura sería mucho mayor. El segundo rubro en el que se beneficia el ciudadano es el económico, pues sus impuestos serían distribuidos de una manera más eficiente y eficaz y en tercer lugar se puede beneficiar el país entero pues la idea se puede extender a nivel nacional (Just Associates, 2022).

Agentes de cambio

Dentro de los agentes de cambio se encuentran los tomadores de decisión, es decir, legisladores y funcionarios públicos, por otro lado, están los que generan la propuesta que de igual manera puede ser el Ejecutivo o los grupos de interés como organizaciones, asociaciones o grupos de la sociedad civil que tienen un interés específico en la modificación de la ley y que abogan por ello. Estos grupos pueden representar a diversos sectores, como empresarios, sindicatos, organizaciones no gubernamentales, grupos de derechos humanos, académicos entre otros (Just Associates, 2022).

Estrategias de cabildeo

1.    Acceso a los tomadores de decisiones: Identificar y establecer relaciones y acceso directo a los funcionarios gubernamentales y legisladores relevantes a través de reuniones, eventos de lobby, campañas de donaciones políticas y contactos personales.

2.    Argumentación persuasiva: Utilizar argumentos convincentes y evidencia sólida para respaldar la propuesta y convencer a los tomadores de decisiones de apoyar sus posiciones. Incluir informes de investigación, datos estadísticos, testimonios de expertos y casos de estudio.

3.    Coaliciones y alianzas: Buscar hacer coaliciones y alianzas para aumentar la influencia y poder de negociación. Esto permitirá combinar recursos, ampliar la base de apoyo y presentar una voz más unificada frente a los tomadores de decisiones.

4.    Campañas de sensibilización pública: Hacer campañas de sensibilización pública para educar al público sobre el tema y generar apoyo popular para sus posiciones, organizar eventos, difundir la información a través de los medios de comunicación y el uso de las redes sociales.

5.    Presión política: Hacer presión política directa sobre los tomadores de decisiones a través de tácticas como la organización de manifestaciones, la presentación de peticiones y la movilización de votantes.

6.    Contribuciones políticas: Financiar campañas a partidos políticos para utilizarlas como una estrategia de cabildeo para ganar influencia y acceso a los tomadores de decisiones. Las donaciones políticas pueden influir en la toma de decisiones y generar un sentido de obligación hacia los donantes por parte de los políticos receptores.

7.    Participación en procesos legislativos: Participar activamente en los procesos legislativos, proporcionando comentarios sobre proyectos de ley, presentando enmiendas, testificando en audiencias y monitoreando el progreso de la legislación relevante (Centro de Información y recursos para el desarrollo, 2002).

Plan de comunicación

Análisis de la situación: Aquí es importante identificar los objetivos de cabildeo específicos que se desean lograr analizando el entorno político y social para comprender los actores clave, los intereses en juego y las oportunidades y desafíos. Es conveniente evaluar el grado de apoyo público y político para los objetivos de cabildeo.

Definición de audiencias: Identificar a los tomadores de decisiones clave y otros actores relevantes que puedan influir en el proceso político. Segmentar las audiencias según su nivel de apoyo o resistencia a los objetivos de cabildeo y adaptar los mensajes y tácticas en consecuencia.

Establecer objetivos de comunicación: Definir los resultados deseados de la estrategia de comunicación, como la obtención de apoyo para una legislación específica o la modificación de políticas existentes.

Desarrollo de mensajes clave: Identificar los mensajes clave que resalten los beneficios y la importancia de los objetivos de cabildeo adaptando los mensajes para que se emparejen bien con las preocupaciones y prioridades de las diferentes audiencias.

Selección de tácticas de comunicación: Combinar tácticas de comunicación, como reuniones en persona, cartas, correos electrónicos, llamadas telefónicas, redes sociales, medios de comunicación y eventos públicos. Las tácticas se deben personalizar según las preferencias y la influencia de cada audiencia.

Desarrollo de materiales de apoyo: Crear materiales de apoyo, como folletos informativos, presentaciones, infografías, videos y testimonios, para respaldar los mensajes clave y fortalecer la persuasión.

Planificación de la logística: Hacer un calendario detallado que especifique las fechas de entrega y distribución de materiales, así como las citas y eventos programados. Asignar recursos humanos y financieros necesarios para implementar el plan de comunicación de manera efectiva.

Evaluación y ajuste: Monitorear y evaluar continuamente el progreso de la estrategia de comunicación y hacer ajustes según sea necesario en función de los resultados obtenidos y los cambios en el entorno político y social (Just Associates, 2022).

Plan de negociaciones

En este punto, la cantidad de información que se ha recopilado nos debe permitir la posibilidad de tener un acercamiento a la mesa de negociaciones y hay que aprovechar toda esa información para llegar bien preparados a la misma, es decir, para lograr los objetivos es vital tener un buen trabajo anterior, tenerlo bien estructurado y estar bien familiarizado con el mismo, esto nos va a permitir tener firmeza suficiente en las decisiones tomadas al momento de las negociaciones. Hay que tomar en cuenta que las negociaciones no se dan cuando los interesados se juntan físicamente, las negociaciones pueden comenzar desde los acuerdos del punto de reunión, la hora, las condiciones, un lugar neutral, en nuestra oficina, en la oficina del objetivo, el número de personas que asisten a la negociación, etc. Pues  bien, tomando en cuenta que una negociación es un proceso para resolver conflictos y llegar a acuerdos sobre algo en lo cual no tenemos el control, este es un momento de ofrecer y recibir, aquí lo ideal es que los dos lados tengan la mentalidad de llegar a acuerdos en los que las dos partes están dispuestas a ceder y recibir quedando satisfechos de los resultados, de otra manera, si solamente hay una parte o ninguna con ésta mentalidad, será muy difícil llegar a ningún tipo de acuerdos, o los que se logren serán muy pobres de resultados y dejarán siempre un mal sabor de boca poniendo en riesgo el acuerdo mismo o futuras negociaciones, por lo que al momento de negociar la buena comunicación y comprensión del tema son importantes puntos a tener en cuentas, así como el conocimiento de los intereses de los dos lados y llegar con voluntad de diálogo y compromiso (Just Associates, 2022)

Conclusiones

En cuanto a los alcances, se pretende influenciar a nuestro favor en la toma de decisiones, tener acceso a toda la información posible para entender mejor el proceso político, crear coaliciones y alianzas para aumentar el poder de negociación, promover la participación ciudadana, aportar una mejora sustancial en la sociedad jalisciense (Just Associates, 2022).

Referente a las limitaciones el principal es el riesgo de corrupción, tráfico de influencias y de poder, favores y beneficios personales, falta de transparencia, intereses particulares predominantes a los intereses públicos, políticas que benefician a unos pocos a expensas del bienestar general, falta de representatividad (Just Associates, 2022).

 

 

Referencias

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (5 de Febrero de 1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Obtenido de Diputados.gob: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Centro de Información y recursos para el desarrollo. (25 de Septiembre de 2002). El cabildeo, una estrategia para incidir en las políticas públicas. Obtenido de CIRD.ORG: https://www.cird.org.py/institucional/documentos/manual_incidencia.pdf

Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (28 de Julio de 2011). INFORME ESPECIAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS SOBRE EL EJERCICIO EFECTIVO DEL DERECHO A LA SEGURIDAD PÚBLICA EN NUESTRO PAÍS. Obtenido de Comisión Nacional de los Derechos Humanos: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2006_segpublica.pdf

Gobierno de Jalisco. (25 de Octubre de 2013). Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco. Obtenido de Gobierno de Jalisco: https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/ley-del-sistema-de-seguridad-publica-para-el-estado-de-jalisco-25-oct-2013.pdf

Just Associates. (29 de Julio de 2022). Manejando desde Adentro: Cabildeando y Negociando. Obtenido de Just Associates: https://justassociates.org/wp-content/uploads/2007/08/un_nuevo_tejido_esp_ch15.pdf


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