Nombre: Ricardo Lezama Cuevas
Asesor: Dr. Edgar Yesid Sierra
Soler
Módulo: Dirección y
negociación política
Universidad: Universidad
Virtual del Estado de Guanajuato (UvEG)
Maestría: Maestría en
Administración y Políticas Públicas con enfoque en Gestión
Política
Plan
estratégico de cabildeo, comunicación y negociación política
Desarrollo
2000
Introducción
En
este trabajo se analiza la Ley Municipal en Materia de Seguridad Pública del
estado de Jalisco con la finalidad de hacer una propuesta de cambio en la
misma, específicamente en el Articulo 26, inciso b, fracciones III y IV. La
intención de este cambio es buscar mejorar las garantías del ciudadano
jalisciense con respecto a la seguridad, esto a raíz de la creciente ola de
violencia por parte del Crimen Organizado y el aumento de la delincuencia en
las zonas metropolitana de las ciudades de Guadalajara y Zapopan, siendo estas
las dos cabeceras más importantes del estado y donde se presentan los mayores
índices de eventos violentos y delincuencia, hechos que hacen sentir al
ciudadano vulnerable, indefenso e indignado ante tal situación. Con la
finalidad de hacer un trabajo completo e integral se han desarrollado 9
apartados que conforman un Plan estratégico de cabildeo, comunicación y
negociación política donde se describen las acciones a seguir, los fundamentos
que permite la Constitución mexicana para ejercer el derecho a la participación
ciudadana, lo mismo que la descripción a detalle de la propuesta y sus motivos,
su marco jurídico y los actores involucrados en esta propuesta. Se proponen
también las estrategias de cabildeo que son parte esencial de cualquier
proyecto de esta naturaleza, estas estrategias llevan implícito un plan de
comunicación y un plan de negociaciones, temas que también se desarrollan de
manera independiente para poder explicarlos a detalle. El lenguaje utilizado es
sencillo pretendiendo que cualquier lector interesado en el tema lo pueda
entender sin ninguna complicación y se pretende despertar el interés de los
mismos a informarse más y ejercer su derecho de participación ciudadana, así
como sus obligaciones.
Análisis estratégico
Partiendo
de que La Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su fracción II,
Antecedentes y entorno menciona lo siguiente:
Al Estado mexicano le
corresponde actuar con eficiencia, eficacia y firme determinación para lograr
una sociedad en la que impere el Estado de derecho. En consecuencia, el respeto
a la ley constituye la base fundamental para una convivencia social armónica y
el pleno desarrollo nacional; para que éste prevalezca y se garantice la
seguridad de las personas y sus bienes, se requiere que los individuos y las
autoridades se conduzcan conforme a las leyes, y cuando éstas son violentadas
es necesaria, entonces, la actuación decidida del Estado en el combate a la
inseguridad. El derecho fundamental a la seguridad pública implica una
obligación a cargo del Estado, para que establezca los mecanismos necesarios a
fin de prevenir el delito y, en su caso, sancionarlo conforme a las leyes. A
partir de la reforma a los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el año de 1994, se
establecieron las bases para el establecimiento de un sistema integral de
coordinación institucional en materia de seguridad pública entre los tres
ámbitos de gobierno, a fin de combatir el problema de la delincuencia. En el
ámbito municipal, el artículo 115, fracciones III, inciso h), y VII de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de seguridad pública,
en los términos del artículo 21 de esta Constitución, de policía preventiva
municipal y de tránsito. La policía preventiva estará al mando del presidente
municipal, en los términos del reglamento correspondiente. Aquélla acatará las
órdenes que el gobernador del estado le transmita en los casos que éste juzgue
como de fuerza mayor o alteración grave del orden público. Ante esa
perspectiva, el Estado mexicano, en sus tres ámbitos de gobierno, se encuentra
obligado a cumplir y hacer cumplir la Constitución y el conjunto de leyes que
de ella emanen, en beneficio de la sociedad y de los individuos. Entre esos
beneficios destacan el pleno goce de los derechos humanos, el fortalecimiento
de las instituciones, así como el respeto de los habitantes hacia las
autoridades
Por
lo anterior y en función de mejorar el rubro de la Seguridad Pública se hace la
siguiente propuesta ciudadana para la modificación del Artículo 26 inciso B,
fracción lll y lV donde menciona que la Secretaría de Vialidad y Transporte y
la Seguridad Pública Municipal son dos entidades independientes, se citan las
mencionadas fracciones:
III.
Los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de
conformidad con su ley y su reglamento;
IV.
Los cuerpos de seguridad pública municipales, con todas las unidades y
agrupamientos que señale su reglamento
Se
busca que se unifiquen las dos instituciones para aumentar la capacidad de
respuesta, eficacia y eficiencia ante cualquier evento en el cual sean
solicitados por alguna persona o grupo de personas que sientan vulneradas sus
garantías individuales de seguridad pública y atente contra el bienestar e
integridad física y psicológica, al mismo tiempo que se mejoran las condiciones
laborales de los agentes en servicio al expandir el grupo de apoyo y unificar
presupuestos.
Marco jurídico
El
marco jurídico para la presentación de iniciativas de ley en México se basa en
la Constitución Política, específicamente en el Artículo 71 que dice lo
siguiente:
Artículo
71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
I.
Al Presidente de la República;
II. A los Diputados y Senadores al Congreso de
la Unión; Fracción reformada DOF 09-08-2012
III. A las Legislaturas de los Estados y de la
Ciudad de México; y Fracción reformada DOF 09-08-2012, 29-01-2016
IV. A los ciudadanos en un número equivalente,
por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores,
en los términos que señalen las leyes
También
es pertinente mencionar el Artículo 6 que habla de la libre expresión:
Artículo
6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición
judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida
privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden
público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la
ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Párrafo
reformado DOF 13-11-2007, 11-06-2013
Causa social
Los
cuerpos de la Secretaría de Vialidad y Transporte
Dentro de las instituciones gubernamentales se encuentran los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte y los cuerpos de Seguridad Pública Municipales, es decir, dos instituciones gubernamentales que si bien pueden trabajar en conjunto apoyándose mutuamente si el caso lo amerita, son independientes, teniendo sus propios centros de operación, capacitación, reglamento interno, alcance de autoridad, equipo, etc. Como bien indica su nombre el agente de vialidad está enfocado en hacer cumplir las leyes de vialidad, su función está enfocada en controlar el tráfico automotor que incluyen automóviles y motocicletas, lo mismo que en el tráfico ciclista y otros vehículos de rueda, también tiene como responsabilidad la seguridad del peatón. Por su lado los agentes de Seguridad Pública Municipales están encargados de proteger al ciudadano de la delincuencia callejera, situaciones domésticas y situaciones que ameriten el arresto de alguna o algunas personas. La naturaleza de cada Institución es diferente por lo que los protocolos de acción y limitaciones también lo son.
lll.
El costo económico de mantener dos instituciones
Como
se menciona en el apartado anterior, las dos instituciones son independientes
por lo que requieren presupuestos diferentes, es decir; dos presupuestos, lo
que aumenta el costo total al Ciudadano para sostenerlas a través de sus
impuestos y al mismo tiempo al ser un egreso repartido se les destina una
cantidad que no es capaz de cubrir con los requerimientos en cuestión de
equipos y entrenamiento lo que los pone en una situación perpetua de
precariedad que se deja ver al momento de que son necesitados, desde el tiempo
de reacción hasta el manejo de protocolos para cada situación. No se puede
dejar de mencionar también la cuestión salarial y beneficios a cada uno de los
agentes en las dos instituciones, no es un secreto que las prestaciones y
sueldo son muy bajos lo que aumenta también la corrupción, se dan casos en que
los mismos agentes de seguridad tienen que costear sus armas o municiones y la
cantidad destinada para prácticas es totalmente nula.
lV. Rango
de Movilidad y cobertura
Para
aumentar la eficiencia en los dos ámbitos, seguridad vial y seguridad pública
se sugiere que las dos instituciones se fusionen en una con la finalidad de que
patrullen las calles de las ciudades del Estado de Jalisco, esto amplía de
manera significativa el rango de movilidad de los agentes, en lugar de estar
parados por horas en una esquina, tienen más movilidad y rango de cobertura en
las localidades si las patrullan, esto aumenta el número de elementos en los
dos cuerpos cubriendo tanto lo vial como la seguridad pública, además de
ampliarle el alcance legal a los agentes de tránsito que si tienen necesidad de
arrestar a alguien tienen que pedir apoyo de los agentes de seguridad pues
ellos no tienen la legalidad de hacerlo directamente, además de que ponen en
riesgo su propia seguridad pues carecen de armas de fuego, chalecos antibalas y
dispositivos que permitan arrestar a un delincuente.
V. Tiempo de reacción
Cuando
se presenta una situación compleja y grave como alguna confrontación con armas
de fuego, el agente de tránsito no porta arma de fuego, ni chaleco antibalas,
ni entrenamiento adecuado, por lo que tiene que pedir apoyo al Departamento de
la Policía Municipal para enfrentar tal situación. Esta solicitud de apoyo
requiere un tiempo de reacción por parte de la institución de seguridad, ese
tiempo puede ser crucial o bien para el agente de tránsito o bien para algún
civil o civiles que estén en la zona, por lo que es imperativo que el oficial
de tránsito tenga la capacidad legal, el equipo y el entrenamiento adecuados
para responder. Lo mismo pasa con el agente municipal de seguridad que no tiene
la capacidad legal de levantar una infracción de tránsito por lo que en la
mayoría de las ocasiones no actúan y dejan pasar violaciones que se traducen en
una educación vial pobre y mediocre, si no es que nula.
Vl.
Burocracia, corrupción, confianza ciudadana y conciencia cívica
Ya es bien
sabido que a mayor burocracia mayor corrupción. Tener dos instituciones que
bien se pueden unificar como una aumenta la burocracia y esto se traduce en
mayor corrupción pues existen dos grupos que están a cargo de la seguridad
pública y se hace una especie de competencia por ver quién puede obtener más
beneficios, pues la mentalidad del “si ellos sí, por qué yo no” crece, se sale
de control y es difícil de monitorear, a raíz de esto la desconfianza del
ciudadano en sus instituciones es cada vez mayor, se niega a denunciar pues
sabe que sus quejas no serán atendidas y la conciencia cívica se ve disminuida
pues al final se vuelve un círculo vicioso de corrupción entre la ciudadanía y
los agentes de cada institución. Tener la seguridad pública y vial en un solo
cuerpo permite controlar y vigilar más la conducta de los agentes, es más fácil
monitorear sus resultados y es más fácil y económico capacitarlos pues se
estandarizan los protocolos para cada situación potencial de delito criminal o
vial al que se puedan enfrentar.
Por lo
anterior, se somete a la consideración de la Asamblea la siguiente iniciativa
de
Decreto
Con la
finalidad de crear mejoras en nuestras instituciones, promover la confianza del
ciudadano en estas, reducir la corrupción, promover la participación ciudadana,
reducir el gasto público y sobre todo garantizar la seguridad pública y vial,
se propone que se unifiquen los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad
y Transporte y los cuerpos de Seguridad Pública Municipales en un solo
Organismo, bajo un mismo reglamento y bajo el concepto de Policía Municipal,
fusionando las fracciones lll y lV inciso B del Artículo 26 de la Ley del
Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco que dice:
Artículo 26. Los cuerpos de seguridad pública de Jalisco son:
I. La Secretaría:
a)
La Policía Estatal, adscrita a la Comisaría, con todas las unidades y
agrupamientos que prevea su reglamento; y
b)
Los cuerpos operativos adscritos a la Comisaría General de Prevención y
Reinserción Social, con todas las unidades y agrupamientos que prevea su
reglamento;
II.
Los cuerpos operativos de la Procuraduría, con todas las unidades, divisiones y
agrupamientos que prevean la ley orgánica de la institución, su reglamento y
demás disposiciones aplicables;
III.
Los cuerpos operativos de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de
conformidad con su ley y su reglamento;
IV.
Los cuerpos de seguridad pública municipales, con todas las unidades y
agrupamientos que señale su reglamento; y
V.
Los demás que en el futuro se constituyan con estricto respeto de esta ley.
Los
cuerpos de bomberos y protección civil tendrán el carácter de auxiliares de la
seguridad pública
Grupos de destinatarios
De ser
aprobada esta propuesta de Reforma de Ley, el primer beneficiado sería el
ciudadano jalisciense en el rubro de seguridad pública pues el número de
oficiales aumentaría automáticamente y el rango de cobertura sería mucho mayor.
El segundo rubro en el que se beneficia el ciudadano es el económico, pues sus
impuestos serían distribuidos de una manera más eficiente y eficaz y en tercer
lugar se puede beneficiar el país entero pues la idea se puede extender a nivel
nacional
Agentes de cambio
Dentro
de los agentes de cambio se encuentran los tomadores de decisión, es decir,
legisladores y funcionarios públicos, por otro lado, están los que generan la
propuesta que de igual manera puede ser el Ejecutivo o los grupos de interés
como organizaciones, asociaciones o grupos de la sociedad civil que tienen un
interés específico en la modificación de la ley y que abogan por ello. Estos
grupos pueden representar a diversos sectores, como empresarios, sindicatos,
organizaciones no gubernamentales, grupos de derechos humanos, académicos entre
otros
Estrategias de cabildeo
1. Acceso
a los tomadores de decisiones: Identificar y establecer
relaciones y acceso directo a los funcionarios gubernamentales y legisladores
relevantes a través de reuniones, eventos de lobby, campañas de donaciones
políticas y contactos personales.
2. Argumentación
persuasiva: Utilizar argumentos convincentes y evidencia
sólida para respaldar la propuesta y convencer a los tomadores de decisiones de
apoyar sus posiciones. Incluir informes de investigación, datos estadísticos,
testimonios de expertos y casos de estudio.
3. Coaliciones
y alianzas: Buscar hacer coaliciones y alianzas para
aumentar la influencia y poder de negociación. Esto permitirá combinar
recursos, ampliar la base de apoyo y presentar una voz más unificada frente a
los tomadores de decisiones.
4. Campañas
de sensibilización pública: Hacer campañas de sensibilización pública
para educar al público sobre el tema y generar apoyo popular para sus
posiciones, organizar eventos, difundir la información a través de los medios
de comunicación y el uso de las redes sociales.
5. Presión
política: Hacer presión política directa sobre los tomadores de
decisiones a través de tácticas como la organización de manifestaciones, la
presentación de peticiones y la movilización de votantes.
6. Contribuciones
políticas: Financiar campañas a partidos políticos para utilizarlas
como una estrategia de cabildeo para ganar influencia y acceso a los tomadores
de decisiones. Las donaciones políticas pueden influir en la toma de decisiones
y generar un sentido de obligación hacia los donantes por parte de los
políticos receptores.
7. Participación
en procesos legislativos: Participar activamente en los procesos
legislativos, proporcionando comentarios sobre proyectos de ley, presentando
enmiendas, testificando en audiencias y monitoreando el progreso de la
legislación relevante
Plan de comunicación
Análisis
de la situación: Aquí es importante identificar los objetivos
de cabildeo específicos que se desean lograr analizando el entorno político y
social para comprender los actores clave, los intereses en juego y las
oportunidades y desafíos. Es conveniente evaluar el grado de apoyo público y
político para los objetivos de cabildeo.
Definición
de audiencias: Identificar a los tomadores de decisiones clave
y otros actores relevantes que puedan influir en el proceso político. Segmentar
las audiencias según su nivel de apoyo o resistencia a los objetivos de
cabildeo y adaptar los mensajes y tácticas en consecuencia.
Establecer
objetivos de comunicación: Definir los resultados deseados de la
estrategia de comunicación, como la obtención de apoyo para una legislación
específica o la modificación de políticas existentes.
Desarrollo
de mensajes clave: Identificar los mensajes clave que resalten
los beneficios y la importancia de los objetivos de cabildeo adaptando los
mensajes para que se emparejen bien con las preocupaciones y prioridades de las
diferentes audiencias.
Selección
de tácticas de comunicación: Combinar tácticas de
comunicación, como reuniones en persona, cartas, correos electrónicos, llamadas
telefónicas, redes sociales, medios de comunicación y eventos públicos. Las
tácticas se deben personalizar según las preferencias y la influencia de cada
audiencia.
Desarrollo
de materiales de apoyo: Crear materiales de apoyo, como folletos
informativos, presentaciones, infografías, videos y testimonios, para respaldar
los mensajes clave y fortalecer la persuasión.
Planificación
de la logística: Hacer un calendario detallado que especifique
las fechas de entrega y distribución de materiales, así como las citas y
eventos programados. Asignar recursos humanos y financieros necesarios
para implementar el plan de comunicación de manera efectiva.
Evaluación
y ajuste: Monitorear y evaluar continuamente el progreso de la
estrategia de comunicación y hacer ajustes según sea necesario en función de
los resultados obtenidos y los cambios en el entorno político y social
Plan de negociaciones
En este punto, la
cantidad de información que se ha recopilado nos debe permitir la posibilidad
de tener un acercamiento a la mesa de negociaciones y hay que aprovechar toda
esa información para llegar bien preparados a la misma, es decir, para lograr
los objetivos es vital tener un buen trabajo anterior, tenerlo bien
estructurado y estar bien familiarizado con el mismo, esto nos va a permitir
tener firmeza suficiente en las decisiones tomadas al momento de las
negociaciones. Hay que tomar en cuenta que las negociaciones no se dan cuando
los interesados se juntan físicamente, las negociaciones pueden comenzar desde
los acuerdos del punto de reunión, la hora, las condiciones, un lugar neutral,
en nuestra oficina, en la oficina del objetivo, el número de personas que
asisten a la negociación, etc. Pues bien,
tomando en cuenta que una negociación es un proceso para resolver conflictos y
llegar a acuerdos sobre algo en lo cual no tenemos el control, este es un
momento de ofrecer y recibir, aquí lo ideal es que los dos lados tengan la
mentalidad de llegar a acuerdos en los que las dos partes están dispuestas a
ceder y recibir quedando satisfechos de los resultados, de otra manera, si
solamente hay una parte o ninguna con ésta mentalidad, será muy difícil llegar
a ningún tipo de acuerdos, o los que se logren serán muy pobres de resultados y
dejarán siempre un mal sabor de boca poniendo en riesgo el acuerdo mismo o
futuras negociaciones, por lo que al momento de negociar la buena comunicación
y comprensión del tema son importantes puntos a tener en cuentas, así como el conocimiento
de los intereses de los dos lados y llegar con voluntad de diálogo y compromiso
Conclusiones
En
cuanto a los alcances, se pretende influenciar a nuestro favor en la toma de
decisiones, tener acceso a toda la información posible para entender mejor el
proceso político, crear coaliciones y alianzas para aumentar el poder de
negociación, promover la participación ciudadana, aportar una mejora sustancial
en la sociedad jalisciense
Referente
a las limitaciones el principal es el riesgo de corrupción, tráfico de
influencias y de poder, favores y beneficios personales, falta de
transparencia, intereses particulares predominantes a los intereses públicos, políticas
que benefician a unos pocos a expensas del bienestar general, falta de
representatividad
Referencias
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (5 de
Febrero de 1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Obtenido de Diputados.gob:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Centro de Información y
recursos para el desarrollo. (25 de Septiembre de 2002). El cabildeo, una
estrategia para incidir en las políticas públicas. Obtenido de CIRD.ORG:
https://www.cird.org.py/institucional/documentos/manual_incidencia.pdf
Comisión Nacional de los
Derechos Humanos. (28 de Julio de 2011). INFORME ESPECIAL DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS SOBRE EL EJERCICIO EFECTIVO DEL DERECHO A LA
SEGURIDAD PÚBLICA EN NUESTRO PAÍS. Obtenido de Comisión Nacional de los
Derechos Humanos:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Informes/Especiales/2006_segpublica.pdf
Gobierno de Jalisco. (25
de Octubre de 2013). Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de
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https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/ley-del-sistema-de-seguridad-publica-para-el-estado-de-jalisco-25-oct-2013.pdf
Just Associates. (29 de
Julio de 2022). Manejando desde Adentro: Cabildeando y Negociando.
Obtenido de Just Associates:
https://justassociates.org/wp-content/uploads/2007/08/un_nuevo_tejido_esp_ch15.pdf